omisión


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omisión

1. s. f. Acción y resultado de omitir una omisión involuntaria provocó un malentendido con su amigo.
2. Falta por haber dejado de hacer una cosa en todo o en parte. negligencia
3. Descuido del que está encargado de una cosa fue castigado por su omisión. olvido
4. DERECHO Infracción penal cometida por haber dejado voluntariamente de hacer alguna cosa que la ley manda realizar.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

omisión

 
f. Acción y efecto de omitir.
Cosa omitida.
Falta por haber omitido la ejecución en todo o en parte de una cosa.
Descuido del que está encargado de una cosa.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.

omisión

(omi'sjon)
sustantivo femenino
1. acción y efecto de dejar de decir o hacer algo voluntaria o involuntariamente omisión de un nombre
2. descuido de la persona que está encargada de una cosa El contador cometió la grave omisión de no pagar los sueldos.
Kernerman English Multilingual Dictionary © 2006-2013 K Dictionaries Ltd.
Sinónimos

omisión

Diccionario Manual de Sinónimos y Antónimos Vox © 2022 Larousse Editorial, S.L.
Traducciones

omisión

omission

omisión

verzuim

omisión

omissão

omisión

opomenutí

omisión

השמטה

omisión

누락

omisión

SF
1. (gen) → omission, oversight
su omisión de hacer algohis failure to do sth
omisión de auxilio (Jur) → failure to give assistance, failure to go to somebody's aid
2. (= descuido) → slip, oversight
Collins Spanish Dictionary - Complete and Unabridged 8th Edition 2005 © William Collins Sons & Co. Ltd. 1971, 1988 © HarperCollins Publishers 1992, 1993, 1996, 1997, 2000, 2003, 2005
Ejemplos ?
La denuncia no tendrá el efecto de liberar al Estado Parte de las obligaciones contraídas en virtud de la presente Convención respecto de ningún acto u omisión que haya ocurrido antes de la fecha en que se hizo efectiva la denuncia, ni impedirá en modo alguno que continúe el examen de cualquier asunto que se hubiere sometido a la consideración del Comité antes de la fecha en que se hizo efectiva la denuncia.
Los contrati stas o provee dores podrán dem andar o re currir contra el o l os funci onarios o empleados por cuya acción u omisión, la entidad incumplió sus obligaciones contractuales.
Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, así como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección; j.
La Acción de Amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución.
3° Las autoridades, bajo su más estrecha responsabilidad, cuidarán de indagar el paradero de los que debiendo salir del territorio de la República se oculten; en el concepto de que se les castigará cualquiera omisión con una multa que no pase de mil pesos, y en su defecto con una prisión que no exceda de seis meses duplicándose estas penas á las Autoridades que los encubran.
La acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2o., incisos 5, 6 y 7 de la Constitución.» ---- Artículo 201º.
Está prohibido y será considerado como infracción grave contra el presente Convenio, todo acto ilícito o toda omisión ilícita por parte de la Potencia detenedora, que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero de guerra en su poder.
Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.
La poca o ninguna atención con que – en general – actuaron los pueblos en la elección de sus respectivos Diputados a la Constituyente y el descuido en que incurrieron casi todos en el formulamiento de las “Instrucciones” a que estaban autorizados a entregarles por el mismo Decreto-Ley de convocatoria de la Asamblea (descuido que sobre todo se manifiesta en la omisión de ciertas proposiciones que para el caso hubieran sido esenciales y en la adopción de otras que por su marcado carácter localista parecían demostrar preferencia por las poco atractivas tendencias aislacionistas) fueron los polvos que trajeron aquellos lodos… Prudente y más que prudente...
Hacer al Poder Ejecutivo las observaciones convenientes a este efecto, de cuya omisión será responsable al Congreso; y no bastando las primeras, las reiterará segunda vez.
Deduzco de la omisión, no un deseo de evitar redundancias gramaticales que nunca preocupan en los textos legales, sino un punto de partida para otra ley complementaria o ampliatoria que podría establecer, por ejemplo, que el Gobernador nombrara a su Ministro a propuesta o previa venia de la Sala.
Los fu ncionarios, se rvidores o em pleados que hayan inte rvenido en la etapa precontractual o contract ual y qu e con su a cción u omisión pudi eren resultar favorecidos, su cónyuge o su s pari entes ha sta el cuarto g rado de co nsanguinidad o segundo de afinidad, así como las personas jurídicas de derecho privado o sociedades de hecho en las que los indicados funcionarios, servidores o empleados, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado d e consanguinidad y seg undo de afinid ad tengan participación, aún en el caso de que los referidos funcionarios, servidores o empleados hubieren renunciado a sus funciones; y, 5.