mañería

mañería

1. s. f. Esterilidad de las hembras o de las tierras.
2. DERECHO, HISTORIA Derecho que tenían los reyes y señores de heredar los bienes de las personas que morían sin tener sucesores legítimos.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

mañería

 
f. Derecho que tenían los reyes y señores de suceder en los bienes a los que morían sin sucesión legítima.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.
Ejemplos ?
En todas y cada una de estas poblaciones se acepta a cuantos quieran repoblar, siempre que respetaran los fueros (fijar en ellas su domicilio, al menos un año), por ello son eximidos de tributos feudales, como la mañería y el nuncio; de peajes, portazgos y montazgos.
Los pobladores de la comunidad tienen ventajas fiscales para atraer población: están exentos de impuestos: mañería, nuncio, peaje, portazgo, montazgo.
Además, se consignan los típicos gravámenes de luctuosa, martiniega, fonsadera, nuncio, mañería y algaravidad, cuya cuantía económica no señala, precisándose finalmente que todos lo pagos por obligaciones del fuero han de hacerse en buena moneda, y que el clérigo del lugar debe satisfacer anualmente al señor un solo yantar.
Banalidades, tales como la obligación de usar el molino o el horno del señor, previo pago de una tasa (en Castilla era normal permitir al campesino ir al bosque comunal a recoger leña para cocinarse su propio pan, así como elegir el molino que creyera conveniente). La mañería o maniñádego: permitía al señor apropiarse de parte de los bienes de un siervo que hubiese muerto sin descendencia.
Exorchia: Es similar a la mañería, es decir, si el campesino moría sin descendencia, el señor podía apropiarse de las 4/5 partes de los bienes del payés.
Este fuero reconocía a todos sus vecinos, tanto clérigos, como laicos, que no paguen nuncio, mañería y rapto, y por fonsadera no pagarían más de dos sueldos por marzo.
Los habitantes del reino de Galicia fueron eximidos por el rey de pagar el tributo de la mañería y el nuncio, cumpliéndose así lo dispuesto por el rey Sancho IV de Castilla, padre de Fernando IV.