reglamento

reglamento

1. s. m. Conjunto ordenado de reglas o normas establecidas que regulan una actividad cualquiera debes atenerte a las normas que marca el reglamento. código, ley, norma
2. MILITAR Publicación editada por las fuerzas armadas que determina los procedimientos tácticos de aplicación preceptiva en las diversas situaciones bélicas.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

reglamento

 
m. Conjunto de disposiciones orgánicas emanadas del poder público competente para hacer efectivo el cumplimiento de las leyes administrativas.
Norma elaborada por las corporaciones, asociaciones o sociedades para ordenar su buen gobierno y funcionamiento.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.

reglamento

(reγla'mento)
sustantivo masculino
conjunto ordenado de normas establecidas el reglamento de un deporte
Kernerman English Multilingual Dictionary © 2006-2013 K Dictionaries Ltd.
Traducciones

reglamento

verordening

reglamento

regulamento

reglamento

التنظيم

reglamento

Регламент

reglamento

Asetus

reglamento

規制

reglamento

Förordning

reglamento

SM (= reglas) → rules pl, regulations pl; [de reunión, sociedad] → standing order, standing orders pl; (municipal) → by-law; [de profesión] → code of conduct
pistola de reglamentostandard issue pistol
reglamento de aduanacustoms regulations pl
reglamento del tráficohighway code
Collins Spanish Dictionary - Complete and Unabridged 8th Edition 2005 © William Collins Sons & Co. Ltd. 1971, 1988 © HarperCollins Publishers 1992, 1993, 1996, 1997, 2000, 2003, 2005

reglamento

m. set of rules, policy.
Spanish-English Medical Dictionary © Farlex 2012
Ejemplos ?
Cualquier representante a Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca y Seguros, a los gobiernos locales y a las instituciones que señala la ley, los informes que estime necesarios. El pedido se hace por escrito y de acuerdo con el Reglamento del Congreso.
9.° Fabricantes.- Se consideran Empresas fabricantes aquellas que utilizan medios propios para la fabricación y ensamblaje total o parcial de los componentes de aparatos incluidos en este Reglamento, y que estén inscritas en el Libro de Registro que a tal efecto dispondrán las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.
No pueden delegarse a la Comisión Permanente materias relativas a reforma constitucional, ni a la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, Ley de Presupuesto y Ley de la Cuenta General de la República. Las demás que le asigna la Constitución y las que le señala el Reglamento del Congreso.
Los fabricantes y reparadores de los aparatos afectados por este Reglamento son responsables de que los mismos ofrezcan las garantías debidas para el fin a que se destinan, y deberán conocer las características y procedencia de los materiales empleados.
Ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión dictaminadora, salvo excepción señalada en el Reglamento del Congreso.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA Hasta tanto no resulten establecidas en las correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias las prescripciones a observar respecto a aparatos a presión, serán de aplicación, atendida la naturaleza del aparato, las normas técnicas previstas en los artículos seis, doce a veintisiete, inclusive, treinta y treinta y cinco y anexos del Reglamento de Recipientes a Presión, aprobado por Decreto dos mil cuatrocientos cuarenta y tres/mil novecientos sesenta y nueve, de dieciséis de agosto.
Queda autorizado el Ministerio de Industria y Energía para fijar las condiciones que deben cumplir los fabricantes y talleres de reparación de los aparatos incluidos en este Reglamento.
La Asamblea Nacional elegirá de su seno un Presidente o Presidenta y dos Vicepresidentes o Vicepresidentas, un Secretario o Secretaria y un Subsecretario o Subsecretaria fuera de su seno, por un período de un año. El Reglamento establecerá las formas de suplir las faltas temporales y absolutas.
La supresión de estos privilegios, si han sido adquiridos por precio, se entiende hecha bajo indemnización, la supresión de los de jurisdicción será sin ella. Dentro del término de un año se formará un reglamento para dichas indemnizaciones.
ARTÍCULO 144º - La Suprema Corte tendrá las siguientes atribuciones y deberes, sin perjuicio de los demás que determine la ley: 1º) La superintendencia sobre toda la administración de justicia y la facultad de establecer correcciones y medidas disciplinarias que considere convenientes de acuerdo con la ley, dictando su reglamento interno y el de todas las oficinas del Poder Judicial.
Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo las excepciones consagradas en esta Constitución. : 19. Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan. : 20 .
Los aparatos afectados por este Reglamento serán inspeccionados durante su fabricación a efectos de controlar que su construcción se lleve a efecto de acuerdo con el código o norma previstos, y, en su caso, que se ajusta al tipo oficialmente registrado.