Contemplemos la humildad y la obediencia de ese Divino Niño, que aunque de raza judía y habiendo amado durante siglos a su pueblo con una predilección inexplicable obedece así a un príncipe extranjero que forma el censo de población de su provincia, como si hubiese para él en esa circunstancia algo que le halagase y quisiera apresurarse a aprovechar la ocasión de hacerse empadronar oficial y auténticamente como
súbdito en el momento en que venía al mundo.
La Madre María Ignacia
Luego un pueblo es esclavo cuando el gobierno, por su esencia o por sus vicios, huella y usurpa los derechos del ciudadano o súbdito.
C. C. M.: El más humill súbdito, vasallo y criado de V. M., que sussacratísimos pies y manos besa.- Pedro de Valdivia. ---- Ver También
Vicente Quesada, liberal antirrosista que no podrá ser tachado de parcial, lo dice en su “Historia Diplomática Latinoamericana”: “Sé muy bien que ha habido un partido que ha profesado la doctrina que era preferible ser súbdito de una nación extranjera antes que someterse a los enemigos domésticos; me consta que muchos que comparecen en la historia como eminentes patriotas, han lamentado en el seno de la confianza que los ingleses no nos hubieran conquistado definitivamente en 1806 y 1807”; “Solicitaron a la Francia y a la Gran Bretaña como aliadas en las contiendas civiles, y, por último, hasta para vencer a Rosas recurrieron a una coalición extranjera” .
Civilidad: la virtud por la que los ciudadanos se hacen responsables de la vida pública. Ningún ciudadano quiere ser súbdito ni vasallo, ni señor de la República.
Desta ciudad de Santiago a 26 de otubre de 1552 años. -De Vuestra Alteza el más humillde súbdito y vasallo que tus Reales manos besa.
Desta cibdad de La Serena, en este Nuevo Extremo, a cinco días de setiembre, 1545.-S. C. C. M., muy humillde súbdito y vasallo, que las sacratísimas manos de V. M. besa.- Pedro de Valdivia.
VIII - El súbdito de este Reino que se halle puesto bajo la custodia de un funcionario por causa criminal no podrá ser confiado a la vigilancia de otro sino en virtud de un “habeas corpus” o cualquier otro mandamiento legal, o bien cuando preso sea entregado al “constable”o a otro funcionario inferior para conducirlo a prisión, o cuando por orden de juez competente sea enviado a un establecimiento penal o trasladado de un punto a otro del mismo condado para ser sometido a juicio, o en caso de incendio repentino, epidemia o circunstancias análogas; y los que firmen o refrenden un auto en que se disponga un traslado contrario a todas estas reglas, así como el funcionario que lo ejecute, incurrirán en las ya mencionadas multas a favor de la parte perjudicada.
XI - Ningún súbdito de este Reino, habitante en Inglaterra, el País de Gales o Berwick podrá ser enviado como preso a Escocia, Irlanda, Jersey o Guernesey o cualquier otro lugar allende los mares; toda prisión de esta especie será “ipso facto” declarada ilegal, y el que la haya sufrido podrá entablar accion de prision ilegal ante los tribunales de Su Majestad.
Para determinar el castigo, los tribunales o las autoridades tendrán en cuenta, en la mayor medida posible, el hecho de que el acusado no es súbdito de la Potencia detenedora.
Tiene la humildad cierta cualidad que con modo admirable levanta el corazón, y tiene, cierto atributo la soberbia que deprime y abate el corazón, y aunque parece casi contradictorio que la soberbia esté debajo y la humildad encima, sin embargo, la santa humildad, como se sujeta al superior, y no hay otra cosa más superior que Dios, ensalza y eleva al que hace súbdito de Dios...
No podrá dictarse sentencia de muerte contra una persona protegida más que después de haber llamado la atención del tribunal, en particular acerca del hecho de que el acusado, por no ser súbdito de la Potencia ocupante, no está obligado con respecto a ella por deber alguno de fidelidad.