maternidad

maternidad

1. s. f. Estado o circunstancia de ser madre la maternidad le ha colmado de felicidad y paz interior.
2. Período de la vida de una mujer comprendido entre el comienzo de la gestación, el parto y los meses de lactancia.
3. MEDICINA Establecimiento hospitalario donde reciben asistencia las mujeres que van a dar a luz y los recién nacidos va a la maternidad donde trabaja el ginecólogo que la visita normalmente.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

maternidad

 
f. Estado o calidad de madre.
med. Hospital o servicio de un hospital donde las mujeres van a dar a luz.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.

maternidad

(mateɾni'ðað)
sustantivo femenino
1. condición de la mujer que ha tenido un hijo los deberes de la maternidad
2. centro de atención para mujeres que van tener hijos sala de maternidad
Kernerman English Multilingual Dictionary © 2006-2013 K Dictionaries Ltd.
Traducciones

maternidad

maternità

maternidad

porodnice

maternidad

fødeklinik

maternidad

synnytyssairaala

maternidad

maternité

maternidad

rodilište

maternidad

産科病院

maternidad

산과병원

maternidad

kraamkliniek

maternidad

fødeavdeling

maternidad

maternidade

maternidad

BB

maternidad

โรงพยาบาลแม่และเด็ก

maternidad

nhà hộ sinh

maternidad

妇产科医院

maternidad

SF
1. (= estado) → motherhood, maternity
2. (= hospital) (tb casa de maternidad) → maternity hospital
Collins Spanish Dictionary - Complete and Unabridged 8th Edition 2005 © William Collins Sons & Co. Ltd. 1971, 1988 © HarperCollins Publishers 1992, 1993, 1996, 1997, 2000, 2003, 2005

maternidad

f. maternity;
hospital de ______ hospital.
Spanish-English Medical Dictionary © Farlex 2012

maternidad

f maternity, motherhood, childbearing
English-Spanish/Spanish-English Medical Dictionary Copyright © 2006 by The McGraw-Hill Companies, Inc. All rights reserved.
Ejemplos ?
En consecuencia, proveerá a la organización de su patrimonio al amparo efectivo de la maternidad y a la protección de los menores.
Artículo 165.- Las modalidades que se consignan en este capítulo tienen como propósito fundamental, la protección de la maternidad.
A inicios de 2011, cancelamos una suma superior a ¢170 mil millones de colones por concepto de deudas al Seguro de Enfermedad y Maternidad y más de ¢36 mil millones al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.
La ley establece los casos y la forma en que los extranjeros pueden ser expulsados del territorio nacional y las autoridades facultadas para decidirlo. Artículo 35°- El Estado protege la familia, la maternidad y el matrimonio.
Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y al de la madre, y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizará el derecho a investigar la maternidad y la paternidad.
Al velar por su salud y por una sana descendencia, el Estado concede a la mujer trabajadora licencia retribuida por maternidad, antes y después del parto, y opciones laborales temporales compatibles con su función materna.
Para contribuir a recuperar esos índices de natalidad perdidos, hoy quiero anunciar el pronto envío de un proyecto de ley que premiará con un Bono de Maternidad a todas las parejas que tengan a futuro tres o más niños.
Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social.
29.- Licencias con remuneración.- Todo servidor público tendrá derecho a gozar de licencia con remuneración: a) Por enfermedad, hasta por sesenta días cada año; b) Por maternidad...
Articulo 5.- Se da acogida en la Constitución a nuevos derechos, como el de contraer matrimonio y fundar una familia contando con la protección del Estado; el de los padres de educar a sus hijos en forma que hagan de ellos personas sanas corporal y espiritualmente, y ciudadanos conscientes de su responsabilidad cívica; el de igualdad del hombre y de la mujer en la familia, en el trabajo y en la participación en la vida social; el de la infancia, cualquiera que sea su origen, a ser objeto de protección especial y de atención solícita y preferente por parte del Estado; el de las madres a que se les reconozcan tratos especiales en razón de embarazo, maternidad y cuidado de sus hijos de cortos años...
27.- Licencias con remuneración.-Toda servidora o servidor público tendrá derecho a gozar de licencia con remuneración en los siguientes casos: a) Por enfermedad que determine imposibilidad física o psicológica, debidamente comprobada, para la realización de sus labores, hasta por tres meses; e, igual período podrá aplicarse para su rehabilitación; b) Por enfermedad catastrófica o accidente grave debidamente certificado, hasta por seis meses; así como el uso de dos horas diarias para su rehabilitación en caso de prescripción médica; c) Por maternidad, toda servidora pública tiene derecho a una licencia con remuneración de doce (12) semanas por el nacimiento de su hija o hijo; en caso de nacimiento múltiple el plazo se extenderá por diez días adicionales.
Articulo 38.- El sistema general de seguridad social garantiza a todos los miembros de la comunidad las acciones médicas y económicas tendientes a la protección de la familia, especialmente en los aspectos materno-infantiles, para cuyo efecto asegura el desarrollo y financiamiento suficientes de maternidades, salas cunas y jardines infantiles; subsidios por interrupción temporal de la capacidad de ganancia, por enfermedad, accidentes y maternidad...