dictar


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dictar

(Del lat. dictare.)
1. v. tr. Decir una cosa a otra persona para que ésta la vaya escribiendo te voy a dictar unas cartas.
2. Pronunciar una ley, un decreto o una sentencia el juez ya ha dictado el fallo. decretar, emitir
3. Sugerir un sentimiento, una facultad o una determinada actuación haz lo que te dicte la conciencia. aconsejar, inspirar
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

dictar

 
tr. Decir uno [algo] para que otro lo vaya escribiendo.
Expedir, pronunciar [leyes, fallos, decretos, etc.].
fig.Inspirar, sugerir.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.

dictar

(dik'taɾ)
verbo transitivo
1. decir o leer un texto en voz alta para que otro pueda escribirlo El gerente dicta una carta a su secretaria.
2. emitir una ley o sentencia dictar un fallo
3. dar una conferencia o clase El maestro dictó el tema.
4. influir algo a alguien La conciencia me lo dicta.
Kernerman English Multilingual Dictionary © 2006-2013 K Dictionaries Ltd.

dictar


Participio Pasado: dictado
Gerundio: dictando

Presente Indicativo
yo dicto
tú dictas
Ud./él/ella dicta
nosotros, -as dictamos
vosotros, -as dictáis
Uds./ellos/ellas dictan
Imperfecto
yo dictaba
tú dictabas
Ud./él/ella dictaba
nosotros, -as dictábamos
vosotros, -as dictabais
Uds./ellos/ellas dictaban
Futuro
yo dictaré
tú dictarás
Ud./él/ella dictará
nosotros, -as dictaremos
vosotros, -as dictaréis
Uds./ellos/ellas dictarán
Pretérito
yo dicté
tú dictaste
Ud./él/ella dictó
nosotros, -as dictamos
vosotros, -as dictasteis
Uds./ellos/ellas dictaron
Condicional
yo dictaría
tú dictarías
Ud./él/ella dictaría
nosotros, -as dictaríamos
vosotros, -as dictaríais
Uds./ellos/ellas dictarían
Imperfecto de Subjuntivo
yo dictara
tú dictaras
Ud./él/ella dictara
nosotros, -as dictáramos
vosotros, -as dictarais
Uds./ellos/ellas dictaran
yo dictase
tú dictases
Ud./él/ella dictase
nosotros, -as dictásemos
vosotros, -as dictaseis
Uds./ellos/ellas dictasen
Presente de Subjuntivo
yo dicte
tú dictes
Ud./él/ella dicte
nosotros, -as dictemos
vosotros, -as dictéis
Uds./ellos/ellas dicten
Futuro de Subjuntivo
yo dictare
tú dictares
Ud./él/ella dictare
nosotros, -as dictáremos
vosotros, -as dictareis
Uds./ellos/ellas dictaren
Imperativo
dicta (tú)
dicte (Ud./él/ella)
dictad (vosotros, -as)
dicten (Uds./ellos/ellas)
Pretérito Pluscuamperfecto
yo había dictado
tú habías dictado
Ud./él/ella había dictado
nosotros, -as habíamos dictado
vosotros, -as habíais dictado
Uds./ellos/ellas habían dictado
Futuro Perfecto
yo habré dictado
tú habrás dictado
Ud./él/ella habrá dictado
nosotros, -as habremos dictado
vosotros, -as habréis dictado
Uds./ellos/ellas habrán dictado
Pretérito Perfecto
yo he dictado
tú has dictado
Ud./él/ella ha dictado
nosotros, -as hemos dictado
vosotros, -as habéis dictado
Uds./ellos/ellas han dictado
Condicional Anterior
yo habría dictado
tú habrías dictado
Ud./él/ella habría dictado
nosotros, -as habríamos dictado
vosotros, -as habríais dictado
Uds./ellos/ellas habrían dictado
Pretérito Anterior
yo hube dictado
tú hubiste dictado
Ud./él/ella hubo dictado
nosotros, -as hubimos dictado
vosotros, -as hubísteis dictado
Uds./ellos/ellas hubieron dictado
Pretérito Perfecto de Subjuntivo
yo haya dictado
tú hayas dictado
Ud./él/ella haya dictado
nosotros, -as hayamos dictado
vosotros, -as hayáis dictado
Uds./ellos/ellas hayan dictado
Pretérito Pluscuamperfecto de Subjuntivo
yo hubiera dictado
tú hubieras dictado
Ud./él/ella hubiera dictado
nosotros, -as hubiéramos dictado
vosotros, -as hubierais dictado
Uds./ellos/ellas hubieran dictado
Presente Continuo
yo estoy dictando
tú estás dictando
Ud./él/ella está dictando
nosotros, -as estamos dictando
vosotros, -as estáis dictando
Uds./ellos/ellas están dictando
Pretérito Continuo
yo estuve dictando
tú estuviste dictando
Ud./él/ella estuvo dictando
nosotros, -as estuvimos dictando
vosotros, -as estuvisteis dictando
Uds./ellos/ellas estuvieron dictando
Imperfecto Continuo
yo estaba dictando
tú estabas dictando
Ud./él/ella estaba dictando
nosotros, -as estábamos dictando
vosotros, -as estabais dictando
Uds./ellos/ellas estaban dictando
Futuro Continuo
yo estaré dictando
tú estarás dictando
Ud./él/ella estará dictando
nosotros, -as estaremos dictando
vosotros, -as estaréis dictando
Uds./ellos/ellas estarán dictando
Condicional Continuo
yo estaría dictando
tú estarías dictando
Ud./él/ella estaría dictando
nosotros, -as estaríamos dictando
vosotros, -as estaríais dictando
Uds./ellos/ellas estarían dictando
Collins Spanish Verb Tables © HarperCollins Publishers 2011
Sinónimos

dictar

verbo transitivo
1 expedir promulgar (derecho) pronunciar fallar* fulminar*
Tratándose de leyes, fallos, preceptos, etc.
2 inspirar sugerir
Tratándose de actividades intelectuales o de sentimientos: siempre hago lo que me dicta el sentido común; una acción dictada por el despecho.
Diccionario Manual de Sinónimos y Antónimos Vox © 2022 Larousse Editorial, S.L.
Traducciones

dictar

dictate, give, to dictate, inspire, pass, pronounce

dictar

erlassen

dictar

dicter

dictar

dicteren

dictar

ditar

dictar

إملاء

dictar

口述

dictar

口述

dictar

diktere

dictar

sanella

dictar

diktera

dictar

A. VT
1. [+ carta, texto] → to dictate (a to)
2. (Jur) [+ sentencia] → to pass, pronounce; [+ decreto] → to issue
3. (= indicar) → to suggest, dictate
lo que dicta el sentido comúnwhat common sense suggests o dictates
4. (LAm) [+ clase] → to give; [+ conferencia] → to give, deliver
dictar las noticias (Radio, TV) → to read the news
B. VIto dictate
dictar a su secretariato dictate to one's secretary
Collins Spanish Dictionary - Complete and Unabridged 8th Edition 2005 © William Collins Sons & Co. Ltd. 1971, 1988 © HarperCollins Publishers 1992, 1993, 1996, 1997, 2000, 2003, 2005
Ejemplos ?
En tal caso, la sesión deberá celebrarse a la brevedad posible; 3º.- Dictar...
11º) Dictar leyes estableciendo los medios de hacer efectivas las responsabilidades civiles de los funcionarios y empleados públicos.
ARTÍCULO 29º - El Poder Legislativo no podrá dictar leyes que priven de derechos adquiridos, o alteren las obligaciones de los contratos.
12. Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, en cuerpos unificados o separados, sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones; y especialmente leyes generales para toda la Nación sobre naturalización y nacionalidad, con sujeción al principio de nacionalidad natural y por opción en beneficio de la Argentina; así como sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado, y las que requiera el establecimiento del juicio por jurados.
9º) Crear y suprimir empleos para la mejor administración de la Provincia, y determinando sus atribuciones y responsabilidades, y dictar la ley general de sueldos.
Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros.
Sentado detrás del escritorio sobre la tarima nos llamaba por nuestro apellido con un “Fulano, pase a la pizarra”, nunca tuteaba aunque, en rigor, sus alumnos de entonces éramos niños; nos juzgaba con justicia. Se ponía de pie generalmente para explicar, ampliar o dictar sobre los temas del día.
20º) Facultar al Poder Ejecutivo para contratar empréstitos o emitir fondos públicos como lo determina esta Constitución. 21º) Dictar la ley general de elecciones.
Artículo 107 .- El Consejo de Seguridad Nacional se reunirá cuando sea convocado por el Presidente de la República y requerirá como quórum para sesionar el de la mayoría absoluta de sus integrantes. El Consejo no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición.
Artículo 90°- Son atribuciones del Consejo de Estado: :a) disponer la celebración de sesiones extraordinarias de la Asamblea Nacional del Poder Popular; :b) acordar la fecha de las elecciones para la renovación periódica de la Asamblea Nacional del Poder Popular; :c) dictar decretos-leyes...
El Senado tendrá el poder exclusivo de juzgar y dictar sentencia en todo proceso de residencia; y al reunirse para tal fin los Senadores actuarán a nombre del pueblo y lo harán bajo juramento o afirmación.
Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia.